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Reforma INFONAVIT 2025: El Patrón ahora debe cubrir el Crédito durante Incapacidades

En junio de 2025, el INFONAVIT publicó una reforma relevante para empleadores y trabajadores: a partir de ahora, los patrones estarán obligados a seguir cubriendo el pago del crédito INFONAVIT de sus trabajadores durante periodos de incapacidad temporal por enfermedad general.

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¿Qué cambió?

Antes de esta reforma, cuando un trabajador se encontraba incapacitado por enfermedad general (es decir, con incapacidad del IMSS que no deriva de un riesgo laboral), no se generaba salario base de cotización, por lo que el crédito INFONAVIT no se descontaba ni se cubría durante ese periodo. Esto generaba rezagos y acumulación de intereses para el trabajador.

Con la nueva disposición, los patrones deberán seguir enterando las retenciones del crédito INFONAVIT, aunque el trabajador esté incapacitado y no reciba salario como tal.


Fundamento legal

Esta modificación se publicó mediante reglas internas del INFONAVIT y toma sustento en la Ley del INFONAVIT y sus reformas reglamentarias, en coordinación con el IMSS. Se busca proteger los derechos patrimoniales del trabajador y evitar que su crédito entre en mora.


¿A quién aplica?

  • A todas las empresas que tienen trabajadores con créditos vigentes ante el INFONAVIT.

  • Aplica cuando la incapacidad es por enfermedad general (no por riesgo de trabajo).

  • No aplica en periodos de ausencia injustificada, licencia sin goce de sueldo, o cuando el trabajador ya no tiene relación laboral.


 ¿Qué implica para los patrones?

  • A partir de ahora, deberán seguir reteniendo y enterando las amortizaciones del crédito, aunque el trabajador esté incapacitado.

  • Este importe no puede ser descontado del subsidio por incapacidad ni afecta el cálculo de nómina del IMSS, por lo que representa un cargo adicional directo para el patrón.

  • Es fundamental contar con un buen control de incapacidades y comunicación con el área de nóminas para no incurrir en omisiones.


 Recomendaciones para tu empresa:

  1. Identifica a los trabajadores con crédito INFONAVIT activo.

  2. Establece un proceso de revisión inmediata de incapacidades.

  3. Consulta con tu despacho contable o fiscal sobre el tratamiento contable y fiscal de estos pagos.

  4. Actualiza tus políticas internas de nómina y retenciones.

  5. Verifica con regularidad tu portal empresarial del INFONAVIT para evitar atrasos o diferencias.


¿Y el patrón puede recuperar ese dinero?

Actualmente, no existe un mecanismo de recuperación o reembolso directo por parte del INFONAVIT respecto a estas amortizaciones durante incapacidad. El pago es una obligación patronal, no deducible directamente, aunque puede considerarse como parte de la carga laboral indirecta.


Esta nueva obligación representa un ajuste importante para los empleadores. Aunque el objetivo es proteger el historial de crédito de los trabajadores, también implica una mayor carga financiera para las empresas.

En nuestro despacho contable, te ayudamos a adaptar tus procesos de nómina, calcular correctamente las amortizaciones durante incapacidades, y mantenerte al día con los cambios normativos del INFONAVIT, IMSS y SAT.

 
 
 

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